PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO 2023 – RECURSOS TRIBUTARIOS DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO 2023 – RECURSOS TRIBUTARIOS DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL

Según el Mensaje de Elevación del Proyecto de Presupuesto Nacional para el año 2023, la recaudación de impuestos nacionales y de la Seguridad Social alcanzaría los $ 34.978.541 millones. Ante la falta de información detallada de los componentes de la recaudación y su reparto, se realizó el ejercicio de reconstrucción del prorrateo de los ingresos por jurisdicción. La OPC registró una diferencia de $125.960 millones entre lo que se recaudaría y lo que se distribuye.

Esa diferencia podría surgir de ciertas inconsistencias en el tratamiento de algunos recursos que en un caso se consideran como tributarios y en otros como no tributarios. Esto plantea la necesidad de revisión sobre la información que históricamente se presenta ante el Congreso en lo que respecta a recaudación y distribución de recursos.

Por su parte, se incorporó una Separata al Mensaje la cual versa sobre el concepto de Gasto Tributario, recursos que el fisco deja de percibir por tratamientos que se apartan de la regla general de las diferentes leyes que rigen los tributos, como forma de alentar la discusión parlamentaria sobre los mismos.

Según estimaciones del Ministerio de Economía, el total de dichos Gastos Tributarios ascendería el próximo año a $3.664.818,7 millones (2.49% del PIB), que se desagregan en $2.669.761,4 millones por tratamientos incluidos en las normas de los impuestos y $995.057,3 millones generados en regímenes de promoción económica.

En cuanto al contenido del Proyecto de Ley, hay 8 artículos que fijan los cupos fiscales para el año por un total de $112.952 millones, en tanto se cuenta con otros 20 artículos sobre temas impositivos que implican un total de 204 medidas de carácter tributario, las cuales no son explícitamente medidas en términos de su impacto fiscal.

PROGRAMA DE FOMENTO A LAS INVERSIONES PRODUCTIVAS Y DE SERVICIOS EXPTE. S-0863/2022

PROGRAMA DE FOMENTO A LAS INVERSIONES PRODUCTIVAS Y DE SERVICIOS EXPTE. S-0863/2022

El proyecto analizado propone la creación del Programa de Fomento a las Inversiones Productivas y de Servicios en las jurisdicciones provinciales que defina el Poder Ejecutivo Nacional, en base a los indicadores que determine, en atención de proveer a lo establecido en el Artículo 75 inc. 19   de la Constitución Nacional, que se implementará conforme se determina el proyecto de ley, planteándose un período de acogimiento de 5 años a partir de su entrada en vigencia, y con la posibilidad de renovación desde el Poder Ejecutivo por única vez por igual lapso.

En lo que respecta a la posibilidad de estimación de impacto fiscal, en la delegación que hace el artículo 1 del proyecto para que se determinen “las Inversiones Productivas y de Servicios en las jurisdicciones provinciales que defina el Poder Ejecutivo Nacional en base a los indicadores que determine”, en articulación con la amplia posibilidad de actividades promovidas que se establecen en el artículo 3, hacen que no sea identificable el universo de beneficiarios para realizar una estimación de los recursos involucrados en las nuevas inversiones promovidas.

EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DE LA INVERSIÓN SOCIAL NACIONAL EN PERSONAS CON DISCAPACIDAD – DATOS AL 31 DE DICIEMBRE 2021

EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DE LA INVERSIÓN SOCIAL NACIONAL EN PERSONAS CON DISCAPACIDAD – DATOS AL 31 DE DICIEMBRE 2021

Según el último relevamiento disponible del INDEC, el 9,4% de la población argentina sufre algún tipo de discapacidad, limitación que afecta a unos 4.300.000 de ciudadanos y que prioritariamente se presenta en el último tramo de su vida activa.

El gasto destinado a personas con discapacidad ascendió a $353.365,64 millones en 2021 y representó el 3,3% del gasto de la Administración Pública Nacional (APN) y el 0,8% del Producto Bruto Interno.

El 84,3% de los recursos fueron concentrados por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), seguido por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) con el 13,1%.

Las pensiones no contributivas por invalidez laboral concentraron el mayor presupuesto (81% del presupuesto total de la ANDIS y 68,7% del gasto total etiquetado). La inversión estatal está centralizada y tiene un perfil asistencialista, lo que no se ajusta estrictamente a los postulados de acuerdos internacionales.

Esta situación se consolida con las políticas de ANSES y Desarrollo Social mediante el otorgamiento de asignaciones familiares y universales por hijo con discapacidad y la provisión de tarjetas alimentarias.

La legislación sobre la materia es profusa pero el etiquetado de actividades presupuestaria del rubro resulta limitado para evaluar las políticas del área.

GASTOS TRIBUTARIOS VS COSTOS FISCALES. ESTIMACIONES ALTERNATIVAS EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. LA NECESIDAD DE UN ENFOQUE COMPLEMENTARIO – DICIEMBRE 2021

GASTOS TRIBUTARIOS VS COSTOS FISCALES. ESTIMACIONES ALTERNATIVAS EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. LA NECESIDAD DE UN ENFOQUE COMPLEMENTARIO – DICIEMBRE 2021

La eximición del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores en relación de dependencia que impuso la ley 27.617 implica para el fisco resignar ingresos anuales por $56.600 millones, que suben a $75.800 millones si se incluyen a los aportantes de otros regímenes previsionales provinciales, fuerzas armadas y de seguridad.

Puede ser que el cálculo incluya cierta sobreestimación por la dificultad de excluir con precisión a miembros del Poder Judicial exceptuados del tributo o a los trabajadores de Patagones, beneficiados con un aumento de la deducción especial.

Es evidente la imposibilidad de realizar comparaciones inter temporales de gastos tributarios cuando estos son estimados sobre un marco de referencia de la normativa vigente, en contextos de cambios normativos frecuentes, como es el caso del Impuesto a las Ganancias en Argentina en los últimos años.

Las cosas cambian si se trabaja sobre un marco tributario teórico ideal, contrapuesto a la legislación vigente. El cambio en la base de comparación podría arrojar importantes diferencias: el costo fiscal por la exención promocional de Tierra del Fuego se incrementa de $7.300 millones a $13.200 millones; el de la reforma de la ley 27.617 se amplía de $75.800 millones hasta $362.500 millones.

EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DEL ODS 10: REDUCIR LA DESIGUALDAD EN LOS PAÍSES Y ENTRE ELLOS

EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DEL ODS 10: REDUCIR LA DESIGUALDAD EN LOS PAÍSES Y ENTRE ELLOS

El ODS 10, uno de los Objetivos establecidos por Naciones Unidas a los que Argentina adhirió, busca reducir las desigualdades en y entre los países.

El país asumió cuatro metas en relación con el ODS 10: lograr el crecimiento de los ingresos de las personas más pobres de la población; promover la inclusión social, económica y política; garantizar la igualdad de oportunidades y lograr una mayor igualdad de ingresos.

Los efectos de la pandemia por Covid-19 y el contexto económico inestable previo a la misma, resultaron en un fuerte deterioro de los indicadores de desigualdad de ingresos. Esta situación pone en evidencia los importantes desafíos que se presentan al Estado Nacional para alcanzar los compromisos asumidos en la Agenda 2030.

  • El ingreso del grupo más rico de la población representó 13 veces el ingreso del grupo más pobre en 2020
  • La brecha de ingresos entre los más ricos y los más pobres exhibió una tendencia creciente a partir de 2019, con un aumento significativo en 2020
  • Entre los años 2016 y 2020, dos de cada diez personas tuvieron ingresos inferiores a la mitad de la mediana. La meta prevista para 2030 requiere de una fuerte reducción del indicador; situación contraria a lo ocurrido en los últimos cinco años.
  • 33% de la población declaró haber sufrido algún tipo de discriminación en primera persona durante 2013 (último dato publicado por INADI). Si no se produce nueva información, no será posible valorar los esfuerzos a realizar para cumplir con la meta asumida por el país.
  • La meta establecida para el Índice de Gini en el año 2023 implica alcanzar un valor por debajo del mínimo histórico registrado en los últimos 30 años, denotando así la magnitud del desafío a enfrentar.
  • El gasto directo del ODS 10 totalizó $2,8 billones y el gasto indirecto $353,7 millones al mes de noviembre de 2020.
  • El Potenciar Trabajo representó el gasto más relevante dentro de las erogaciones directas efectuadas por los organismos responsables.
  • La ANSES tuvo un rol fundamental dentro del gasto orientado a mejorar la distribución del ingreso, mediante la gestión y liquidación de prestaciones monetarias a hogares o personas vulnerables.
GASTOS TRIBUTARIOS – CUESTIONES METODOLÓGICAS Y ANÁLISIS DEL PRESUPUESTO 2021

GASTOS TRIBUTARIOS – CUESTIONES METODOLÓGICAS Y ANÁLISIS DEL PRESUPUESTO 2021

Por exenciones impositivas y regímenes promocionales, la Ley de Presupuesto estima que el año próximo el gasto tributario será de $995.799, equivalente a 2,64% del PBI, nivel similar al de este año.

De ese total, un 73,9% se corresponde con tratamientos especiales incluidos en la legislación tributaria vigente ($735.661,8 millones) y el resto se atribuye a diversos regímenes de promoción económica ($260.136,9 millones).

  • Para el 2020 se espera un total de gastos tributarios de $714.735,1 millones, equivalente a 2,63% del PBI y con similar composición.
  • En la proyección para el año próximo se destaca la menor recaudación de IVA, con un total de $444.321,8 millones (1,18% del PBI); más de la mitad corresponde a alícuotas reducidas de carnes y verduras.
  • Por la envergadura del gasto tributario sigue el Impuesto a los Combustibles, con $132.693,8 millones, explicado principalmente por la diferencia entre las alícuotas aplicadas a la nafta y al gas oil ($83.360,5 millones).
  • Casi la mitad de la recaudación resignada de Impuesto a las Ganancias ($85.955,7 millones) corresponde a la exención que rige sobre los ingresos de magistrados y funcionarios del Poder Judicial nacional y provincial).
  • Los dos regímenes promocionales que insumen un mayor gasto tributario son el de la provincia de Tierra del Fuego ($77.796,4 millones) y el Economía del Conocimiento ($18.373,0 millones).

No se califican como gastos tributarios el diferimiento del pago de impuestos, la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada de créditos fiscales en el Impuesto al Valor Agregado; medidas éstas contenidas principalmente en diferentes regímenes de promoción.

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